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Este derecho de los propietarios de ganado, y obligación de los de las fincas, fue de gran importancia para la subsistencia de las comunidades en unos momentos en que la vida no era nada fácil. Gracias a las derrotas, los pueblos pudieron mantener un mayor número de cabezas de ganado, ganado que, a su vez, al pastar los rastrojos de las tierras, las abonaba con sus excrementos, aumentando la fertilidad de la tierra.
Con el paso del tiempo, el fortalecimiento del derecho de propiedad individual, frente a la comunitaria, y la progresiva superación de la necesidad de autoabastecimiento de las comunidades, produjo la desaparición en muchos lugares de esta práctica. No es el caso de Espinama donde, aunque malamente, aun se conserva.
De la antigüedad de este uso en Espinama da fe su aparición en las Ordenanzas del Concejo de 1625, las más antiguas que se conservan, si bien ya entonces era costumbre arraigada lo que lo remonta muchos años más para atrás.
Por aquellos años, la necesidad de conseguir la subsistencia obligaba a los espinamenses a sembrar en sus tierras sobre todo trigo. Los "cuéranos" englobaban las tierras de diferentes zonas, ocupando buena parte de los territorios del Concejo. Las mencionadas Ordenanzas citan, al menos, los cuéranos de Santiago, La Cavada, Lombrigue, Tobín y Sobrevilla, El Dueso, Las Cortes-El Pedroso-Cantiján, El Postigo y Pido. Ello da idea de lo mucho que ocupaban las tierras de labranza.
Sin embargo, las condiciones naturales del territorio y sus muchos puertos hacían que la ganadería fuera tan importante, o más, que la agricultura. Para conciliar lo uno con lo otro, era necesario regular muy bien todo lo referente a la protección de los cultivos, para evitar que los ganados entraran en ellos y los comieran. Las Ordenanzas de 1625 cumplen esa función, decretando numerosas medidas con ese objeto. Así se establece cuándo tienen que cerrarse los cuéranos; la prohibición -incluso para los propios dueños- de abrir paseros en tiempo coteado; cuándo deben abrirse, etc.La apertura se producía una vez recogida la cosecha, cuando quedaban «los dichos cuéranos aderezados a vista de los Regidores», que eran quienes decretaban la apertura del cuérano correspondiente y el inicio de las derrotas, derrotas que también se aplicaban en los prados altos (Salvorón, Remoña, etc.) una vez segados.
Actualmente, las derrotas se siguen practicando aunque, como ya dije, malamente. Por un lado, la ausencia casi total de tierras de cultivo, sustituidas hoy por los prados, ha hecho perder su principal sentido a esta práctica. Por otro, el hecho de que algunos ganaderos hayan cercado de modo permanente sus fincas impide su aplicación a todo el territorio. Si a ello le añadimos la falta de una autoridad que ponga de acuerdo a todos los ganaderos y haga cumplir lo acordado, se comprende la anarquía reinante en su aplicación.