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PLEITO POR LA "CASA DEL CURA"


En el centro de Espinama, en la Plaza, destaca la presencia de una casa con dos escudos. Es la "Casa del Cura". Sobre su propiedad existe en la actualidad un pleito entre la Junta Vecinal, que reivindica su titularidad, y el Obispado de Santander, que la tiene inscrita a su nombre en el Registro de la Propiedad de Potes desde 2009. El conflicto surge de la donación realizada por el Pueblo a la Iglesia allá por 1956. Según la Junta -y parece que con fundamento-, la donación fue como residencia del párroco mientras éste la utilizara. El Obispado defiende que fue una donación plena.

Sin disponer de toda la documentación del caso, lo que parece claro, salvo error por mi parte, es lo siguiente:

1.- La Casa era propiedad de la familia Celis.
2.- El Concejo compra la casa en 1956 a cambio de una subasta de grandes robles del monte de Pierga.
3.- El Concejo cede la casa a la Iglesia, para residencia del párroco. Se da por hecho que siempre va a haber cura en el pueblo (por entonces en cada pueblo había un cura y los seminarios estaban llenos) y no se documenta.
4.- Durante años viven en la casa don Jesús Cuesta y don José Merino, párrocos del pueblo.
5.- Los años que siguen tras la marcha de don José Merino, más de veinte, permanece cerrada, abandonada a su suerte, sufriendo un gran deterioro. El Obispado arregla la cubierta, pagando su coste con la entrega del anexo que vuela sobre el camino.
6.- La cuadra y pajar de la Casa, que formaban parte también de la donación inicial, son comprados por la Junta Vecinal al Obispado. Al parecer, la compraventa se documenta como dos donaciones: la Iglesia dona a la Junta el edificio y la Junta a la Iglesia millón y pico de pesetas para el arreglo de la iglesia vieja. En este edificio está actualmente el Telecentro.
7.- En 2009, el Obispado inscribe la Casa a su nombre en el Registro de la Propiedad. Hasta entonces, seguía figurando a nombre de los propietarios anteriores a 1956.
8.- El Obispado alquila la casa a Maxi y Marisa que instalan en ella "Casa Clara".
9.- Algunas personas recuerdan que la Casa había sido comprada por el pueblo y se movilizan para conseguir su recuperación. La Junta Vecinal presenta demanda judicial.

Todos estos hechos dan a entender claramente que, aunque el "espíritu" inicial de la donación fuera hacerla sólo para mientras hubiera cura, se reconoció y asumió por las sucesivas Juntas el error de no haberlo reflejado en ningún sitio y, en consecuencia, se aceptó, de hecho, la propiedad de la Iglesia.

Foto del edificio, poco después de la apertura de Casa Clara, en septiembre de 2009. El rótulo, excesivamente grande, desentona. Pulse para verlo más grande

Aquí surge una reflexión. ¿Por qué quienes ahora se han movilizado no lo hicieron hace diez o quince años? Si no se hubiera alquilado la casa ¿se hubieran movilizado ahora como lo han hecho?

En cuanto a la "presunta estafa" de la que se ha acusado a la Iglesia por "usurpar" al pueblo la Casa, lo cierto es que lo único que ha hecho ha sido inscribirla en el Registro de la Propiedad en 2009 pero no como algo especial que hace contra el pueblo de Espinama. El periódico El País publicaba recientemente que desde hace unos años todos los obispados de España están inscribiendo en los correspondientes registros inmuebles que no tenían registrados. Por tanto, la inscripción de la Casa del Cura de Espinama es una más, en un proceso general de la Iglesia en España y no tiene nada que ver con que la alquilaran o con que supuestamente, como se decía, pretendieran venderla.

Estas inscripciones las puede hacer la Iglesia mediante un procedimiento especial reconocido por una ley aprobada en el Parlamento que teóricamente representa a todos los españoles.

Para terminar, dos consideraciones más. Una, es sobre las consecuencias que una sentencia favorable al pueblo, tendría para el voladizo anexo. Si no era de la Iglesia, la entrega realizada en pago de la obra ¿carece de validez? Además, en el caso de este anexo, la propiedad del Pueblo puede estar aún más clara ya que algún vecino mayor recuerda que, cuando se compró la casa y se entregó a la Iglesia, el voladizo se reservó para el pueblo, para guardar las arcas con la documentación del Concejo.

Otra, es para desear que la Junta Vecinal dé los pasos necesarios para recuperar otras de sus propiedades, como, por ejemplo, las antiguas escuelas de Pido y Las Ilces, que han sido asumidas por el Ayuntamiento de Camaleño. Recientemente, la Junta Vecinal de Pembes consiguió recuperar la suya. Es un precedente que debe servir para conseguirlo igualmente en los casos de Pido y Las Ilces.

Ahora queda esperar la resolución de los tribunales. Mientras tanto, si tengo conocimiento de otros documentos o datos, se lo comunicaré.


Última actualización: 14 de agosto de 2011

© Gabino Santos Briz